Ambiente Sano
Art. 14 de la Constitución
Art. 14 de la Constitución
En el Art. 14 de la Constitución trata acerca de que se reconoce el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, es decir que garantice la sostenibilidad y el buen vivir.
Se declara de interés público la preservación del ambiente, es decir cuidar del ambiente, la conservación de los ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrimonio genético del país, la prevención del daño ambiental y la recuperación de los espacios naturales degradados.
Aquí unas imágenes del panorama minero...
Aquí en los gráficos podemos ver que en parte no se cumple por completo este artículo de la Constitución, porque respecto a mi entorno el lugar donde yo vivo EL Cantón "Camilo Ponce Enríquez" es una zona minera, por ende no podremos tener un ambiente totalmente sano, ni contar con un ambiente libre de contaminación, ya que en diversas zonas mineras se emplea gran cantidad de sustancias químicas como el cianuro, mercurio, ácido sulfúrico y la pólvora entre otras, las cuales son perjudiciales para la salud del ser humano y por ende para todos los habitantes del Cantón.
Pero por otro lado también existe la "Minería Responsable", ya que si todas las áreas mineras acataran esta ley, se podría reducir en gran cantidad la contaminación tanto del agua, como del ambiente y del suelo.
Pero por otro lado también existe la "Minería Responsable", ya que si todas las áreas mineras acataran esta ley, se podría reducir en gran cantidad la contaminación tanto del agua, como del ambiente y del suelo.
Aquí unas imágenes de lo que es el Cantón "Camilo Ponce Enríquez"declarado como zona minera.....
No hay comentarios:
Publicar un comentario